Pensión por Invalidez Costa Rica: Requisitos y Montos 2026

La pensión por invalidez en Costa Rica es el beneficio mensual que la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) paga a quienes pierden al menos dos terceras partes de su capacidad para trabajar y ya no pueden generar ingresos con su ocupación habitual. No se otorga solo por tener un diagnóstico médico: requiere un dictamen de la Comisión Calificadora del Estado de Invalidez y un mínimo de cuotas registradas en el régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM). En esta guía usted encontrará los requisitos vigentes en 2026, el monto mínimo que se paga, los documentos que debe reunir, el paso a paso del trámite y qué hacer si la solicitud es rechazada.

¿Qué es la pensión por invalidez en Costa Rica y quién la otorga?

Es un pago mensual que se mantiene mientras subsista el estado de invalidez y que se transforma en pensión por vejez cuando la persona alcanza la edad de retiro. La administra la CCSS dentro del régimen IVM y su función es sustituir el salario que el asegurado ya no puede generar por medios de trabajo compatibles con sus aptitudes.

Lo que activa el derecho no es la enfermedad en sí, sino la pérdida de capacidad para trabajar: el grado de invalidez exigido es de al menos el 66,7%, evaluado en la ocupación habitual del asegurado o en otra equivalente a su preparación y experiencia.

La declaratoria la emite la Comisión Calificadora del Estado de Invalidez (CCEI), un órgano tripartito con representación del Estado, los patronos y los trabajadores. Esa comisión estudia el expediente médico, cita al asegurado a valoración y fija el porcentaje de pérdida de capacidad junto con la fecha de inicio de la invalidez, que es el dato que define cuáles cuotas se toman en cuenta.

Invalidez total, parcial e invalidez proporcional: cómo se clasifica cada caso

La clasificación depende de dos variables: el grado de pérdida de capacidad que certifique la CCEI y la cantidad de cuotas que la persona tenga acreditadas. Un grado insuficiente no abre derecho a esta pensión; un grado suficiente sin las cuotas completas da paso a una pensión reducida.

Clasificación Qué exige Efecto sobre el beneficio
Invalidez total Grado de 66,7% o más, dictamen con fecha de inicio y el requisito de 180 cotizaciones del Reglamento del IVM Pensión completa, con el monto mínimo de ₡162.295 vigente desde febrero de 2026
Invalidez proporcional Grado de 66,7% o más, pero menos cotizaciones que las exigidas para la pensión completa Pensión reducida en proporción a las cuotas acreditadas
Grado inferior al 66,7% Dictamen médico que no alcanza el porcentaje legal exigido No genera pensión por invalidez del IVM; se mantiene la cobertura de salud y puede pedirse una nueva valoración si el cuadro empeora
Gran invalidez La persona necesita la asistencia constante de otra para las tareas diarias La CCSS reconoce un subsidio adicional sobre el monto de la pensión, que se actualiza periódicamente

La diferencia entre invalidez parcial y total se define, entonces, por el porcentaje que certifique la comisión y no por el nombre de la enfermedad. Un mismo diagnóstico puede terminar en dictámenes distintos según el efecto real que tenga sobre la capacidad de trabajo del asegurado.

Requisitos de la pensión por invalidez en Costa Rica (2026)

Además del dictamen médico, la CCSS exige requisitos administrativos de cotización que están en el artículo 6 del Reglamento del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte. Si no se cumplen, la solicitud se rechaza aunque el informe clínico sea contundente, y esa es la causa más frecuente de negativas en el régimen IVM.

  • Grado de invalidez de al menos 66,7%: declarado por la CCEI en la ocupación habitual del asegurado o en una equivalente a su preparación.
  • Ser menor de la edad de retiro: la pensión por invalidez opera antes de la edad de pensión por vejez; al alcanzarla, el beneficio se traslada a ese régimen.
  • 180 cotizaciones mensuales: como regla general, la persona debe haber reportado al menos 180 cuotas hasta la fecha de la declaratoria, independientemente de su edad.
  • Cotizaciones recientes: si la invalidez se declara antes de los 48 años se exigen al menos 12 cuotas en los últimos 24 meses; si se declara a los 48 años o más, se exigen al menos 24 cuotas en los últimos 48 meses.
  • Origen posterior al ingreso al seguro: el estado de invalidez debe haberse iniciado después de que la persona ingresó al régimen, según la fecha cierta que determine la comisión.
  • Documentación médica completa: epicrisis, informes de especialistas y exámenes que respalden el cuadro clínico, además del formulario de solicitud firmado.
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Nota: la CCEI puede consultar el expediente digital del sistema único en salud (EDUS), pero necesita que usted firme el consentimiento expreso en el formulario de solicitud. Sin esa firma el estudio del caso se detiene.

¿Cuánto paga la pensión por invalidez en Costa Rica?

El monto se calcula sobre los salarios reportados a la CCSS y nunca puede quedar por debajo de la pensión mínima del IVM. Desde febrero de 2026 la pensión mínima del régimen IVM es de ₡162.295, según el oficio GP-0607-2026 de la Gerencia de Pensiones de la CCSS, que reajustó el monto de ₡159.692 que se pagaba en diciembre de 2025 y enero de 2026.

Ese piso equivale al 50% de la Base Mínima Contributiva del IVM, tal como lo establece el artículo 29 del Reglamento del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte. Por eso el monto mínimo sube cuando aumentan los salarios mínimos del sector privado, y la Junta Directiva de la Caja revisa el porcentaje cada seis meses.

Para el cálculo, la CCSS toma un salario promedio de los últimos 240 meses (20 años) cotizados antes de la invalidez y le aplica un porcentaje que depende de la cantidad de cuotas aportadas. El esquema tradicional otorga un 60% de ese salario promedio como cuantía básica por las primeras 240 cuotas y un 0,0835% adicional por cada cuota posterior. Las personas nacidas después de mayo de 1950 se rigen por el cálculo nuevo del régimen.

Componente Cómo funciona
Salario promedio de referencia 240 meses (20 años) cotizados antes de la declaratoria; en el cálculo anterior se usan los 48 salarios más altos de los últimos 60 meses efectivamente cotizados
Cuantía básica 60% del salario promedio por las primeras 240 cuotas
Mejora por exceso 0,0835% adicional por cada cuota después de las primeras 240
Piso legal ₡162.295 mensuales desde febrero de 2026 (50% de la Base Mínima Contributiva)
Reajuste La CCSS revisa la pensión mínima cada seis meses, según el artículo 29 del Reglamento del IVM

Existe también un tope máximo de pensión que la Caja actualiza cada año y que se ubica por encima del millón de colones. Si la fórmula arroja un monto superior a ese límite, el pago se ajusta al máximo vigente y el excedente no se paga. El detalle de la fórmula, con las diferencias entre invalidez y vejez, se explica en nuestra guía de cómo se calcula la pensión de jubilación en Costa Rica.

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Cómo solicitar la pensión por invalidez paso a paso

El trámite se presenta en la CCSS y termina con el dictamen de la Comisión Calificadora. Estos son los pasos que sigue el expediente, desde la solicitud hasta el primer pago.

  1. Reúna el expediente médico: epicrisis, informes de especialistas, resultados de exámenes y comprobantes de tratamientos recibidos en la CCSS o en servicios privados.
  2. Presente la solicitud: en la oficina de la CCSS donde cotiza o donde recibe atención médica, con su cédula de identidad. Pida el formulario oficial de solicitud de pensión por invalidez y conserve copia sellada.
  3. Firme el consentimiento de EDUS: sin esa autorización la comisión no puede revisar su historial médico digital y el caso se retrasa varias semanas.
  4. Espere la valoración de la CCEI: la comisión cita al asegurado a valoración médica y define el porcentaje de pérdida de capacidad, la fecha de inicio de la invalidez y si el estado es reversible o no.
  5. Verificación de cotizaciones: la Gerencia de Pensiones revisa el reporte de cotizaciones del SICERE para confirmar las 180 cuotas y las cuotas recientes exigidas por el reglamento.
  6. Resolución y pago: aprobado el beneficio, el pago se incorpora a la planilla mensual de pensiones de la CCSS, con retroactivo cuando corresponda a la fecha de inicio reconocida.
  7. Controles posteriores: si el dictamen está sujeto a revisión, la CCEI puede citarlo periódicamente. La pensión se mantiene mientras se conserve el estado de invalidez.

Consejo: anote el número de solicitud y guarde copia de cada documento entregado. Cuando el expediente pasa de una oficina a otra, esos datos permiten aclarar demoras sin reiniciar el trámite.

Si su duda principal son las cuotas, revise nuestra guía de cuántas cuotas se necesitan para pensionarse en Costa Rica, donde se compara el requisito del IVM con el de otros regímenes.

Si la solicitud se rechaza: revisión, apelación y permiso para trabajar

Un rechazo no siempre es definitivo. La persona puede pedir una nueva valoración cuando existan pruebas médicas adicionales, solicitar la revisión del dictamen ante la propia comisión y presentar un reclamo formal ante la CCSS. Si considera que el trámite no se resolvió en tiempo o que se le exigió documentación no prevista, puede acudir a la Defensoría de los Habitantes.

Los tres motivos de rechazo más comunes son no alcanzar el 66,7% de pérdida de capacidad, no llegar a las 180 cotizaciones y no cumplir las cuotas de los meses recientes. Cada uno tiene una salida distinta: una nueva valoración médica, una pensión proporcional o la vía no contributiva.

El pensionado por invalidez puede solicitar permiso para trabajar después de doce meses de disfrute del beneficio, siempre que la CCEI autorice una actividad diferente a la que originó la invalidez. Si trabaja sin ese permiso, la CCSS suspende la pensión y cobra las sumas pagadas de más, según el artículo 21 del Reglamento del IVM, reformado en 2016.

Al llegar a los 65 años, quien no alcance las 300 cuotas con su nueva actividad conserva el derecho a una pensión complementaria por vejez, proporcional a los años cotizados. Si su caso se refiere a un trabajador activo que todavía no está pensionado, nuestra guía de regímenes de pensiones en Costa Rica explica las diferencias entre el IVM, el Magisterio, el Poder Judicial y las pensiones complementarias.

Pensión no contributiva por invalidez: el Régimen No Contributivo

Quien no cumple los requisitos de cuotas del IVM no queda sin opciones. El Estado mantiene el Régimen No Contributivo (RNC), una pensión que en 2026 paga ₡82.000 mensuales y que alcanza a 157.021 personas, según datos de la CCSS. Está dirigida a personas en situación de pobreza, vulnerabilidad o discapacidad que no pueden acceder a una pensión contributiva.

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La solicitud se presenta en las oficinas de la CCSS y requiere un estudio socioeconómico del hogar. En el caso de las personas adultas mayores participa el CONAPAM (Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor) y, cuando se trata de personas con discapacidad, el IMAS realiza la valoración social. Es un beneficio distinto de la pensión del IVM: no se calcula con salarios ni con cuotas, sino con la situación del hogar.

Existen además pensiones especiales, como la de la Ley 8769 para personas con parálisis cerebral profunda, autismo o discapacidad múltiple, con sus propios requisitos y montos. Si usted busca contexto sobre otros beneficios para personas mayores, vea nuestra guía del adulto mayor en Costa Rica.

Preguntas frecuentes sobre la pensión por invalidez en Costa Rica

¿Cuántas cuotas se necesitan para la pensión por invalidez en Costa Rica?

La regla general es tener al menos 180 cotizaciones mensuales al momento de la declaratoria, más 12 cuotas en los últimos 24 meses si la invalidez ocurre antes de los 48 años, o 24 cuotas en los últimos 48 meses si ocurre a los 48 años o más.

¿Cuánto se paga por una pensión por invalidez en 2026?

El monto depende del salario promedio de los últimos 240 meses cotizados, pero nunca puede ser inferior a la pensión mínima del IVM, que desde febrero de 2026 es de ₡162.295 mensuales.

¿Quién declara el estado de invalidez en Costa Rica?

La Comisión Calificadora del Estado de Invalidez de la CCSS. Esa comisión fija el porcentaje de pérdida de capacidad y la fecha de inicio del padecimiento, datos que determinan el derecho y el monto de la pensión.

¿Puedo trabajar si recibo pensión por invalidez?

Sí, después de doce meses de recibir la pensión y con autorización de la CCEI, siempre que el nuevo trabajo sea distinto al que originó la invalidez y no requiera las facultades afectadas. Trabajar sin permiso provoca la suspensión del beneficio.

¿Qué pasa si me rechazan la pensión del IVM?

Puede pedir una nueva valoración con pruebas médicas adicionales, presentar un reclamo ante la CCSS y, si no reúne las cotizaciones, solicitar la pensión por invalidez proporcional o la pensión del Régimen No Contributivo.